Ley MAPE pretendería ampliar operaciones del REINFO hasta diciembre de 2028

Las operaciones bajo el REINFO culminan el 31 de diciembre de este año. Sin embargo, el OMI alertó que, ante la promulgación de Ley MAPE, los mineros informales y artesanales inscritos en este registro continuarán extrayendo por dos años más.

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El Poder Ejecutivo presentó ante la Cámara de Diputados un proyecto para la promulgación de una nueva Ley de Minería Artesanal y Pequeña Minería (MAPE), la cual fue anunciado por el ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, como un marco jurídico que permita corregir los mecanismos temporales, establecer reglas claras en la formalización de esta actividad y el desarrollo productivo.

Sin embargo, el Observatorio de Minería Ilegal (OMI) detectó disposiciones que, en vez de contrarrestar las actividades ilícitas inmersas en este sector, las extiende. Al respecto, la organización medioambiental advirtió que una de ellas concierne a la ampliación del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO).

De acuerdo con el OMI, la Ley MAPE ampliaría la vigencia del REINFO hasta diciembre de 2028 bajo el concepto de «consolidación». En ese sentido, el observatorio alertó que los mineros inscritos en el registro continuarán operando sin cambios sustanciales después del 31 de diciembre de 2026, fecha en que culmina este mecanismo.

Asimismo, el OMI indicó que, con la nueva norma, se cree el Organismo Nacional para el Fortalecimiento de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (FORMAPE) que institucionalizaría la informalidad mineras en vez de resolverla. Explicaron que esta oficina generaría más burocracia, planillas y costos operativos en favor de la minería ilegal.

También, la organización cuestionó que la Ley MAPE exonere a las actividades de la minería artesanal y pequeña minería de los principios de protección ambiental del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Por el contrario, exhortaron al Congreso que este sector debe contar con la certificación correspondiente antes de iniciar sus operaciones.

«Afirmar que no se les puede exigir estándares ambientales equivalentes a los de la gran minería es engañoso, pues sus instrumentos de gestión ambiental ya han sido ampliamente flexibilizados. Flexibilizar no puede significar debilitar la protección ambiental ni normalizar el incumplimiento», manifestaron.

Redacción LN
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